Reglamento del Programa

DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA

MEGALABS ha desarrollado el programa “MEGASALUD”, en adelante se podrá denominar simplemente el “Programa”.

Comprometidos con promover y apoyar la salud de las personas con patologías crónicas, creamos el Programa MEGASALUD cuya finalidad es contribuir al cumplimiento del tratamiento de los pacientes que cuenten con prescripción médica de los profesionales de la salud.

El presente reglamento establece las condiciones que regirá el Programa MEGASALUD.

GENERALIDADES:
  • I. MEGALABS, en adelante “El Organizador del Programa” estará representado por la Entidad Leterago de cada país de Centro América, sociedades anónimas debidamente constituidas de acuerdo a las leyes de cada país.
  • II. El Programa se desarrollará en los países de: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.
Plazo del Programa:
El Programa tendrá una vigencia indefinida, reservándose a el Organizador del Programa el derecho de suspender, ampliar o finalizar el Programa con sólo comunicar las razones de la decisión a través de los canales de comunicación establecidos más adelante.

Participantes en el Programa:
El Programa va dirigido a los pacientes, usuarios, consumidores finales y/o cualquier persona a quien su médico le haya prescrito producto que sea parte del Programa y que haya requerido su inscripción a través de los canales de comunicación detallados más adelante, así mismo los pacientes pueden visualizar la versión actualizada del presente Reglamento y demás información relacionada con el Programa en el Web Site www.megasaludceam.com. Cualquier duda o comentario acerca del Programa, las farmacias participantes u otro tema relacionado con el Programa, podrán ser consultadas a los teléfonos listados en esta página, en la sección de Canales de Comunicación.
  • No está permitida la participación de personas jurídicas en el Programa, si se diera el caso de que alguna institución de bienestar social u organismo que apoya a Participantes a obtener medicamentos quisiera participar en el Programa o trasladar los beneficios del Programa a sus pacientes, podrá contactar a el Organizador del Programa para que su caso sea analizado por el mismo. El Organizador se reserva el derecho de brindar o no en forma parcial o total los beneficios del programa a organismos y fundaciones de este tipo.
  • Para participar en el Programa el Consumidor Final deberá: a) Conocer el Reglamento. c) Aceptar las condiciones y limitaciones establecidas en el Reglamento del Programa Megasalud.
  • El Organizador del Programa se reserva el derecho de excluir del Programa al Consumidor Final que infrinja lo establecido en el Reglamento para el funcionamiento del Programa.
Beneficios del Programa: El apoyo que obtendrá el Paciente al ser parte del Programa consistirá en producto adicional para su tratamiento terapéutico al acumular compras del mismo producto según la tabla de productos y beneficios descritos en el Anexo que forma parte integral del presente Reglamento.

El apoyo lo podrá obtener el Paciente que haya solicitado su inscripción al Programa.

En Anexo de este Reglamento se detallarán los productos y beneficios que formarán parte del Programa, quedando los mismos sujetos a cambios y ampliaciones a criterio del Organizador.

PRIMERO. Inscripción y condiciones de participación en el programa.

Inscripción
Podrán inscribirse voluntariamente en el Programa los Pacientes mayores de edad que por prescripción médica utilicen los productos participantes en el Programa.

De forma excepcional podrán ser parte del Programa: a) El menor de edad b) La persona con impedimento de cualquier tipo al cuidado de una persona; Ambos casos podrán participar en el Programa cuando necesiten los productos que les hayan sido prescritos y que estén participando en el Programa. Deberán afiliarse por medio de la persona que este ejerciendo de “Protector” por la Patria Potestad o Tutor legal.

Para inscribirse el Paciente deberá ingresar al Web Site o llamar a Servicio al Cliente del Programa, brindar la información personal requerida y completar los datos que allí le soliciten, dar su consentimiento y aceptar los términos del Programa. Al momento de su inscripción se le asignará un código de usuario, el cual servirá para relacionar sus compras, así mismo podrá utilizar su número de identificación personal para relacionar sus compras.

El Organizador del Programa se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la información suministrada por el Paciente para afiliarlo al programa; así mismo podrá requerir de forma eventual nuevos datos o actualización de la información que haya registrado al programa cuando lo considere necesario, información que estará vinculada con el Programa y su debido uso, la negativa del Consumidor Final de brindar la información generará su exclusión del Programa.

Condiciones de Participación:
  • Al estar afiliado el Consumidor Final podrá realizar las compras de los productos en las farmacias afiliadas e iniciar así con la acumulación de compras del mismo producto y obtener los beneficios del Programa.
  • El Consumidor Final deberá verificar que la farmacia en la que realice las compras de los productos incluidos en el Programa se encuentre debidamente inscrito en el Programa.
  • En aquellos casos en que el Consumidor Final se presenta a la farmacia a realizar la compra y aún no esté afiliado, podrá desde la farmacia inscribirse al Programa, vía Web o Call Center e iniciar con la acumulación de compras y obtener los beneficios del Programa.
  • El consumidor final debe solicitar a la farmacia que le sea registrada la compra realizada en el mismo instante de efectuada la compra, en caso de no ser registrada en ese momento dispondrá de 30 días naturales para poder registrarla, pasado ese tiempo deberá comunicarse con el administrador del programa para evaluar su caso o bien, comunicarse al call center de su país. Posterior al registro de la compra, esta tendrá una validez de un año, pasado el año y si la misma no ha sido utilizada para acumular y presentar canje, expirará y quedará eliminada de las compras acumuladas por el Consumidor Final.
  • El Consumidor Final podrá recibir los beneficios en las compras subsiguientes, si no completa la cantidad de productos para obtener el beneficio en una sola compra.
  • El Consumidor Final podrá recibir el canje de los beneficios en la primera compra, si completa la cantidad de productos que se requieren para obtener el beneficio según el anexo: Tabla de Productos y Beneficios.
  • El Consumidor Final podrá recibir los beneficios de las compras para su tratamiento personal e individual por lo que los beneficios son intransferibles.
  • El Consumidor Final no podrá solicitar beneficios por las compras realizadas antes de su inscripción.
  • El Consumidor Final será el responsable de estar actualizando sus datos en la Web Site del Programa y de estar velando por las modificaciones futuras del Programa.
  • El Consumidor Final será el responsable de reportar al teléfono del Programa cualquier evento adverso que surja por el consumo de algún producto de los Laboratorios inclusive si el producto no es parte del Programa.
  • El Paciente será el único responsable por el uso y consumo que haga de los productos participantes al programa según las instrucciones y prescripciones de su médico, por lo que el Organizador no responderá por el uso y consumo que los pacientes hagan de los productos relacionados con El Programa.
SEGUNDO. Beneficios del Programa y su reconocimiento. El apoyo que el Paciente podrá obtener consistirá en:

Producto igual al recetado al acumular las compras máximas de las unidades de los productos participantes en el Programa según lo establecido en la regla de canje y cantidades máximas de canjes anuales, detallados en el anexo de Productos y Beneficios.

El reconocimiento del beneficio:

El Paciente obtendrá el apoyo por medio de canje con producto de la misma presentación.

El canje se brindará únicamente en aquellos casos en que el Consumidor Final pueda demostrar que continúa necesitando el producto según receta médica con menos de un año de haber sido emitida.

Únicamente se reconocerán productos participantes en el programa según máximo de canjes anuales permitidos en un año calendario por Paciente, según lo establecido en el anexo de Productos y Beneficios del Programa. Aun cuando el Consumidor Final haya acumulado más compras para solicitar producto gratuito, no podrá solicitar más producto gratuito del establecido en el Anexo de Productos y Beneficios del Programa.

El Organizador del Programa se reserva el derecho de modificar la lista de Productos y Beneficios del Programa. Cualquier paciente podrá solicitar al Organizador la revisión de su caso presentando la documentación que considere necesaria y el Organizador se reserva el derecho de aprobar excepciones cuando a su criterio la evidencia presentada justifica autorizar la excepción y ante la existencia de un respaldo médico para sobrepasar los máximos establecidos en la Tabla de Canjes y Máximos (Anexo).
TERCERO. Pérdida de beneficios y suspensión del Programa.

Pérdida de beneficios:

El Consumidor Final perderá los beneficios al realizar las compras en farmacias no afiliadas en el Programa, así como por cualquier incumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento.

Suspensión del Programa:

El Organizador se reserva el derecho de cancelar la afiliación a El Programa de cualquier Paciente, en caso de comprobarse la participación, asignación y/o reclamo de beneficios de forma fraudulenta, mediante engaño, fraude o falsificación que obstaculicen el desempeño normal del Programa y aquellas acciones que a juicio del Organizador sean ilegales o prohibidas según lo establecido en el presente Reglamento y/o la legislación aplicable y que puedan ocasionar perjuicio a El Programa o sus organizadores, casos que podrán ser perseguidos por los medios previstos en las leyes correspondientes.

CUARTO. Alcance de la responsabilidad del Organizador del Programa.

El Organizador del Programa, sus afiliadas y representantes, en ningún caso responderán por posibles daños y perjuicios que pueda sufrir la persona que consuma el producto obtenido como canje sin que éste haya sido recomendado por un médico, en consecuencia, será responsabilidad del Consumidor Final el uso que dé al producto recibido, así mismo el Paciente libera de toda responsabilidad al Organizador del Programa de aquellos casos en que la Farmacia respectiva haga uso inadecuado del producto entregado para efectos de ser utilizado en el Programa. El Organizador del Programa no asume la responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados al Consumidor Final por caso fortuito y/o fuerza mayor.

QUINTO. Canales de comunicación

Los Consumidores Finales, Profesionales de la Salud y/o cualquier persona interesados en conocer más sobre el Programa, su funcionamiento y sus beneficios, pueden ingresar al Web Site del Programa: www.megasaludceam.com o llamando a los siguientes números telefónicos:

  • Guatemala: (502) 2278-6782
  • Honduras: (504) 2504-0902
  • Nicaragua: (505) 7877-7904
  • Costa Rica: (506) 4000-0407
  • Panamá: (507) 833-7573
Cualquier duda o comentario sobre el Programa, las farmacias participantes o cualquier otro tema relacionado con el mismo, podrá ser resuelto contactando a los números de teléfono listados que corresponden a cada país.

SEXTO. Política de Privacidad del programa.

Al inscribirse en el Programa el usuario brindará datos personales tales como nombre, dirección de correo electrónico, número de teléfono. Por tal razón el Organizador del Programa declara que lo que conozca con motivo de este Programa tendrá naturaleza de confidencial y que los datos personales serán usados para procesar las solicitudes y transacciones del usuario durante la vigencia del Programa, por lo cual el usuario se compromete a la actualización de sus datos para que pueda obtener siempre la información de los beneficios.

SEPTIMO. Propiedad de la información.

Los pacientes autorizan el acceso a la información y su inclusión en la base de datos ubicados en cualquier país del mundo, si de esa manera lo definiese el Organizador, durante el plazo del Programa y hasta un plazo de diez años luego de concluido el mismo, autorizando además el uso de dicha información designada para esos efectos por el Organizador, para cualquier fin autorizado por el ordenamiento jurídico respectivo, incluyendo pero no limitado a: compartir la información con los médicos para el monitoreo del tratamiento, con su farmacia de preferencia o con terceros que a criterio del Organizador deban conocer dicha información en beneficio del paciente y/o de su tratamiento. Al mismo tiempo se le permitirá al Paciente el acceso a su información siempre que lo solicite. No obstante, lo anterior, es entendido que el Organizador no tendrá acceso directo a información personal que permita identificar a los pacientes, sino que dicha información será manejada a través de terceros contratados por el Organizador, para efectos del Programa.

Adicionalmente, los pacientes autorizan a el Organizador a enviar mensajes de texto, correos electrónicos, o comunicados por cualquier otro canal disponible, relacionados con el Programa, al teléfono celular y/o direcciones reportadas en la base de datos; así como realizar llamadas para:

  • Comunicar cambios relevantes que puedan afectar al paciente
  • Validar compras o canjes registrados a nombre del paciente
  • Actualizar la información del paciente
  • Coordinar la entrega de algún beneficio solicitado por el paciente
  • Otros temas relacionados con el Programa.

OCTAVO. Relación entre las partes.

Ninguna disposición del Programa se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal del comercio por la participación en el Programa. Ningún Paciente, Usuario, Consumidor Final o beneficiario de las ventajas del Programa, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente del Organizador. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

NOVENO. Modificaciones de este Reglamento.

El Organizador del Programa se reserva el derecho de realizar las modificaciones necesarias al presente reglamento, comunicando los cambios a través de la Web Site del Programa.

DECIMO. Solución de desacuerdos.

Que en caso de diferencia o reclamo que surja en relación con los términos y condiciones de este Reglamento, deberá ser presentado por escrito y dirigido al Representante del Programa a través del Servicio al Cliente, para ser resuelto en forma conciliatoria, pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones litigiosas a dilucidarse se someterán a los Órganos Jurisdiccionales competentes de la República del País correspondiente.

DECIMO PRIMERO. Vigencia del Programa.

El programa tendrá un plazo indefinido. No obstante, a lo anterior el Organizador del Programa y el Paciente tendrán derecho a poner término a la membresía particular en cualquier momento, quedando a criterio de El Organizador del Programa, casos en los cuales el Paciente incurra en anomalías por el uso del programa.

DECIMO SEGUNDO. Disposición transitoria.

Los términos y condiciones de este Reglamento iniciarán su aplicación y vigencia el día 01 de mayo del 2019.
Servicio al cliente:

Panamá: (507) 833-7573 - Guatemala: (502) 2278-6782
Costa Rica: (506) 4000-0407 - Honduras: (504) 2634-1104
Nicaragua: (505) 7877-7904

Información Importante

Reglamento del Programa
Términos y Condiciones
Preguntas Frecuentes
Contenido válido para: Panamá, Guatemala
Costa Rica, Honduras y Nicaragua.

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