MEGALABS:
ha desarrollado el programa “MEGASALUD” para Dependientes, en adelante se podrá denominar simplemente el “Programa”.
Comprometidos con promover y apoyar la labor que realizan los dependientes, creamos el Programa MEGASALUD DEPENDIENTES cuya finalidad es identificar a los dependientes que colaboran en la función de brindar información a los pacientes sobre el Programa de Pacientes Megasalud para el debido cumplimiento del tratamiento, esto para aquellos pacientes que cuenten con prescripción médica de los profesionales de la salud.
El presente reglamento establece las condiciones que regirá el Programa MEGASALUD DEPENDIENTES.
GENERALIDADES:
Objetivo:
Establecer los términos y condiciones que regirán para el Programa MEGASALUD DEPENDIENTES.
- El Programa tendrá una vigencia indefinida, reservándose a el Organizador del Programa el derecho de suspender, ampliar o finalizar el Programa con sólo comunicar las razones de la decisión a través de los canales de comunicación establecidos más adelante.
Inscripción del Programa:
- I. El Programa está dirigido a los regentes y dependientes de las farmacias inscritas al programa de pacientes Megasalud. Cualquier duda o comentario acerca del Programa, las farmacias participantes u otro tema relacionado con el Programa, podrán ser consultadas a los teléfonos listados en esta página, en la sección de Servicio al Cliente.
- II. No está permitida la inscripción de personas jurídicas en el Programa.
- III. Para poderse inscribir en el Programa el Dependiente deberá: a) Conocer el Reglamento. c) Aceptar las condiciones y limitaciones establecidas en el Reglamento del Programa Megasalud.
- IV. El Organizador del Programa se reserva el derecho de excluir del Programa al Dependientes que infrinja lo establecido en el Reglamento para el funcionamiento del Programa.
- V. No podrán inscribirse las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa organizadora y socios comerciales; b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en este Programa; c. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores; d. Menores de edad.
Por el solo hecho de inscribirse, los dependientes aceptan todas las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con el Programa.
El Organizador se reserva el derecho de excluir aquellos dependientes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí́ establecidas.
- Elegibilidad para poderse inscribir: Con las excepciones que se dirán, podrán inscribirse todas aquellos regentes o dependientes que asistan a pacientes de los productos participantes en el programa de pacientes Megasalud. Todo lo anterior en los términos especificados en este reglamento.
Los interesados en inscribirse deberán registrarse por medio de la página web de Megasalud para crear su usuario con su número de identificación o DPI.
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Organizador: Megalabs es la Organizadora del Programa y único responsable de este ante cualquier tercero. Para cualquier aspecto relacionado con este programa, atenderá́ comunicaciones en las siguientes líneas de Call Center:
Panamá: (507)833-7573
Guatemala: (502)2278-6782
Costa Rica: (506)4000-0407
Honduras: (504)2504-0902
Nicaragua: (505) 7877-7904
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Plazos: Este Programa se regirá́ por el siguiente plazo, que es de carácter perentorio:
a. Plazo para inscribirse: El presente Programa inicia a partir del mes julio 2020.
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Territorio: El presente Programa será́ valido y surtirá́ efectos únicamente dentro de los países participantes Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.
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Información del dependiente: Los organizadores consideraran como persona inscrita a todos los regentes y dependientes cuyos datos personales consten en la plataforma de registro y activación digital previamente definida.
Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al dependiente implicará su exclusión del Programa. Igual consecuencia tendrá́ el hecho de proporcionar información falsa o inexacta. Cualquier comunicación relacionada con el Programa se le hará́ según los datos consignados.
Cualquier disputa del dependiente con terceros relacionado al Programa, será́ un asunto ajeno a los organizadores, independientemente del origen o causa de la misma, o de cualquier otro aspecto relacionado con este o con cualquier otra transacción en la que el dependiente esté involucrado.